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Redefinen formularios y documentación. La ley prohíbe celebrar audiencias ante ese tipo de casos. 

La Secretaría de Justicia y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos y la Secretaría de Derechos Humanos diseñan protocolos de actuación para el tratamiento de casos de violencia por parte de mediadores. Ambos organismos redefinen formularios y documentación teniendo en cuenta que la violencia no puede ser sometida a un proceso de mediación.

“En los centros de mediación se presentan situaciones interpersonales conexas, por ejemplo alimentos, cuidado personal, derecho de comunicación, y trabajamos para dar soluciones y recaudos a las mujeres con sus derechos vulnerados por situaciones de violencia”, explicó la secretaria de Justicia y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, Carina Iradi.

Iradi habló sobre este tema con la presidenta del Observatorio de Violencia contra las Mujeres, Laura Postiglione. Analizaron cómo se desarrollan las mediaciones cuando existen situaciones de violencia de género, el rol de los mediadores y su actuación.

Cuando se solicita una audiencia en un Centro Comunitario de Mediación se debe completar una declaración jurada y manifestar que no existen medidas judiciales restrictivas para la celebración de la audiencia y, además, que no hay denuncias con la parte que será convocada.

En el caso de que la situación de violencia sea detectada por el mediador en el curso de la audiencia, inmediatamente se procede a levantar la sesión, invitando a las partes a retirarse por separado y con intervalo de tiempo. Las audiencias se reprograman si es necesario en días y horarios diferentes.

Postiglione indicó la necesidad de proteger a las mujeres y no permitir las mediaciones, tanto en ámbito extrajudicial como comunitario, cuando existan situaciones de violencia en cualquier tipo o modalidad. Ante esa inquietud, se planteó trabajar en conjunto si se detectan situaciones puntuales.

“Estamos redefiniendo formularios y documentación y trabajando con la Secretaría de Derechos Humanos en protocolos de actuación. Al mismo tiempo se ha intensificado el trabajo de la Dirección de Mediación, Conciliación y Arbitraje como autoridad de aplicación de la Ley de Mediación Nacional (26485) y provincial (7888), que realiza permanentes inspecciones para verificar el cumplimiento de la legislación vigente”, finalizó Iradi.

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